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Algunas aclaraciones sobre el Seguro Social
Al elegir estrategias apenas conocidas, puede que haya que instruir a los representantes de la agencia.

Por Lynn Brenner
septiembre 2009

Más artículos sobre el Seguro Social

En artículos recientes, hemos descrito estrategias poco conocidas que pueden aumentar lo que usted perciba del Seguro Social, si usted está casado o divorciado. Desafortunadamente, muchos de los lectores que quieren usar esas estrategias han encontrado un problema: algunos representantes de la Social Security Administration (Administración de Seguro Social) niegan rotundamente la existencia de las opciones sobre las cuales escribimos.

No debería sorprendernos, entonces, que los frustrados lectores estén pidiendo ayuda. “Después de leer su artículo, llamé a la oficina del Seguro Social de mi localidad y me trataron de manera grosera tan sólo por preguntar sobre una de las opciones mencionadas —escribe Tom Swain, brigadier general del Ejército, jubilado, de Tennessee—. Luego llamé a la línea nacional. Esta vez hablé con una persona muy amable. Ella también negó la existencia de dicha opción. ¿Podrían citar algunos documentos específicos del Seguro Social a los que pudiera derivarlos?”

Seguro que podemos hacerlo. Aquí presentamos un resumen de las estrategias raramente utilizadas sobre las que escribimos, con enlaces a las normas del Seguro Social que las respaldan.

Primero, una advertencia: Usted tiene que tener la edad plena de jubilación —actualmente 66 años, ascendiendo en forma gradual a los 67— para usar estas estrategias. La principal razón por la que apenas se usan es que aproximadamente la mitad de los jubilados solicitan los beneficios del Seguro Social a los 62 años, la mínima edad posible. Pero debido al deterioro del mercado financiero, mucha gente ya no puede darse el lujo de jubilarse tan temprano como tenía planeado.

Y un pequeño consejo: Si decide solicitar los beneficios sobre la base de las normas que resaltamos a continuación, no lo haga por teléfono. Es preferible que acuerde una cita en la oficina local del Seguro Social. “Un encuentro cara a cara probablemente sea mejor para esto, y, además, puede acortar el tiempo de espera”, indica Dan Moraski, vocero de la agencia. Algunos lectores que llamaron al número gratuito de la agencia para averiguar sobre estas opciones, en oportunidades han tenido que esperar mucho tiempo en línea.

Antes de concurrir a su cita, visite la página del Seguro Social para saber cómo solicitar beneficios a partir de los antecedentes laborales de otra persona. Allí encontrará enlaces a la mayoría de las normas que necesita, según Moraski. “Imprímalas y llévelas con usted”, aconseja.

Un resumen de las estrategias
Encontrará que la comunicación con el representante del Seguro Social es más sencilla si usted está familiarizado con las normas básicas con las que él o ella trabajan todo el tiempo, así como también con las que no se usan frecuentemente. Esto es lo que necesita saber:

Básico: Si usted es casado, puede elegir entre solicitar un beneficio basado en los antecedentes laborales de su cónyuge (aproximadamente el 50% de lo que le corresponda a su cónyuge) o uno basado en sus propios antecedentes, el que sea más alto.

Básico: Si está divorciado, estuvo casado al menos 10 años y no volvió a casarse, tiene derecho a un beneficio basado en los antecedentes laborales de su ex o a uno basado en sus propios antecedentes.

Básico: Al solicitar beneficios antes de alcanzar la edad plena de jubilación, deberá solicitar tanto su propio beneficio como el de su cónyuge, si califica para ambos. Recibirá el mayor de los dos importes.

Menos conocido: Si espera a alcanzar la edad plena de jubilación para solicitar los beneficios, podrá elegir recibir sólo el beneficio de su cónyuge, en cuyo caso podrá demorar la recepción de su propio beneficio hasta una fecha posterior. Así, su beneficio aumentará aproximadamente un 8% anual por cada año de demora, hasta que cumpla los 70 años de edad. Podrá pasar de cobrar el beneficio de su cónyuge a percibir el suyo en cualquier momento entre los 66 y los 70 años de edad.

Esta opción se encuentra disponible tanto para las personas casadas como para las divorciadas que califiquen, y puede sumar miles de dólares a su ingreso jubilatorio total.

Básico: Independientemente de la edad que tenga, no podrá solicitar el beneficio de su cónyuge hasta que él/ella haya solicitado el Seguro Social.

Menos conocido: Cuando su cónyuge alcance la edad plena de jubilación, él/ella podrá solicitar los beneficios de jubilación y, luego, pedir que se suspendan sus pagos. De ese modo, usted podrá recibir un beneficio conyugal mientras que el beneficio de su cónyuge continúa creciendo un 8% anual hasta que cumpla los 70 años.

Menos conocido: Si está divorciado y califica para el beneficio conyugal, puede solicitarlo tan pronto usted y su ex cónyuge resulten elegibles para recibir el Seguro Social, aun cuando él o ella no la haya solicitado todavía.

Finalmente, existe una opción de “arrepentimiento del comprador” para quienes hayan aceptado un beneficio menor antes de alcanzar la edad plena de jubilación y ahora se arrepientan de ello. Puede devolver todos los beneficios que haya recibido hasta la fecha y, a posteriori, volver a solicitarlos, pero recibiendo una suma mayor. Para comenzar ese proceso, pida un formulario SSA-521, “Request for Withdrawal of Application” (Retiro de solicitud). Para obtener una copia, visite la página de formularios en línea del Seguro Social e ingrese “521” en la ventana de búsqueda.

Consejos para su visita
No se ponga nervioso si el representante del Seguro Social cita normas que no corresponden a su situación. Algunos agentes no están familiarizados con las opciones disponibles para quienes solicitan beneficios a la edad plena de jubilación, o después.

Por ejemplo, a algunos lectores mayores de 66 años de edad les han dicho, erróneamente, que ganan demasiado para cobrar el beneficio conyugal. Cuando uno percibe el beneficio del Seguro Social, existe un límite anual sobre lo que puede ganar, pero sólo hasta alcanzar la edad plena de jubilación. A partir de entonces, ya no está sujeto a topes en las ganancias.

A otros les han dicho que no pueden cobrar un beneficio conyugal si su propio beneficio es mayor. Una vez más, esto sólo es válido si usted todavía no ha alcanzado la edad plena de jubilación. Al llegar a esa edad, puede excluir su propio beneficio de su solicitud.

Sea perseverante, paciente y amable. Si es necesario, solicite al representante que vuelva a verificar las normas y consulte a sus supervisores, y que se vuelva a poner en contacto con usted. O pida hablar con un supervisor en persona. Puede llevar más tiempo del que esperaba; pero, finalmente, obtendrá los beneficios que le corresponden.



Publicado originalmente en AARP Bulletin Today.

Estos enlaces son provistos solamente como fuentes de información. AARP no respalda, no tiene control y no se responsabiliza por estos sitios de enlace o por el contenido, publicidad, materiales, productos y/o servicios ofrecidos a través de sus páginas.

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